Funciones públicas

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Funciones públicas

La Federación de Tenis de la Comunitat Valenciana es una asociación privada, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, cuyo fin prioritario es la promoción, tutela, organización y control de sus modalidades y especialidades deportivas, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Asimismo, la Federación tiene entre sus fines la defensa de sus federados, y del buen nombre y reputación de la modalidad y de sus especialidades federadas.

 

Corresponden con carácter exclusivo a la Federación las siguientes funciones:

  1. Calificar, organizar y autorizar las competiciones oficiales de ámbito autonómico o inferior de sus modalidades o especialidades deportivas, salvo las que realicen los entes públicos con competencias para ello.
  2. Expedir las licencias federativas.
  3. Emitir el informe preceptivo para la inscripción de los clubes deportivos y las secciones deportivas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana.
  4. Actuar en coordinación con la federación española e internacional correspondiente para la celebración de las competiciones oficiales españolas e internacionales que se celebren en el territorio de la Comunitat Valenciana.
  5. Representar a la Comunitat Valenciana en las actividades y competiciones deportivas oficiales de su modalidad, en los ámbitos autonómico, estatal y, en su caso, internacional.
  6. Elaborar y ejecutar, en coordinación con el órgano competente en materia de deporte y con las federaciones deportivas españolas, los planes de preparación de deportistas de élite y alto nivel.
  7. Colaborar con el órgano competente en materia de deporte en la elaboración de la relación de los deportistas de élite.
  8. Colaborar en los programas deportivos del órgano competente en materia de deporte.
  9. Ejercer la potestad disciplinaria, colaborar con el Tribunal del Deporte de la Comunitat Valenciana y ejecutar las órdenes y resoluciones de este.
  10. Designar a los y las deportistas de su modalidad deportiva que hayan de integrar las selecciones valencianas.
  11. Asumir las modalidades y especialidades deportivas que le adscriba el órgano competente en materia de deporte, en atención a criterios de interés deportivo general.
  12. Tutelar y amparar las nuevas modalidades o especialidades deportivas que surjan del desarrollo de su deporte, propuestas por la asamblea general de la Federación y aprobadas por el órgano competente de la administración deportiva.
  13. Solicitar al Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana la suspensión de la inscripción en el citado registro de aquellas entidades deportivas no adscritas a la Federación.

También le corresponden las siguientes funciones, con carácter no exclusivo:

  1. Promover el deporte y velar por el cumplimiento de las normas estatutarias y reglamentarias de carácter deportivo.
  2. Colaborar con la administración autonómica en los programas de formación de personal técnico y entrenador.
  3. Organizar concentraciones y cursos de perfeccionamiento para sus diferentes estamentos deportivos.
  4. Colaborar con la Generalitat en la prevención, control y represión en la utilización de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.
  5. Velar por el cumplimento general de la normativa que les sea de aplicación, con especial atención a las materias de transparencia, igualdad de género, integración, equidad, protección y salud de las personas en todos sus niveles y funciones.
  6. Colaborar con las administraciones públicas en la prestación de servicios públicos de carácter deportivo para la ciudadanía.
  7. Colaborar con las administraciones públicas en la gestión de instalaciones deportivas.

Son funciones públicas de carácter administrativo las recogidas en los epígrafes a), b), e) e i) del apartado 1, y los epígrafes b) y d) del apartado 2, que no podrán ser a su vez delegadas por la Federación.

En el ejercicio de dichas funciones públicas, esta Federación deberá respetar en su actuación y relaciones los siguientes principios:

  1. Servicio efectivo a la ciudadanía.
  2. Simplicidad, claridad y proximidad a la ciudadanía.
  3. Participación, objetividad y transparencia de la actuación administrativa.
  4. Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.
  5. Buena fe, confianza legítima y lealtad institucional.
  6. Responsabilidad por la gestión pública.
  7. Planificación y dirección por objetivos y control en la gestión y evaluación de resultados.
  8. Eficacia en el cumplimiento de objetivos fijados.
  9. Economía, suficiencia y adecuación de los medios a los fines institucionales.
  10. Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
  11. Cooperación, colaboración y coordinación con las administraciones públicas.
  12. La utilización de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana: el valenciano y el castellano.